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Subgrupo 76. Ingresos financieros
Recoge los ingresos derivados de las inversiones financieras y de la valoración de los instrumentos financieros.
Qué recoge el subgrupo 76
Este subgrupo recoge la rentabilidad obtenida de las inversiones financieras y los resultados positivos derivados de los instrumentos financieros. Determina, junto con el subgrupo 66, el resultado financiero.
Incluye los dividendos, los intereses, los beneficios por enajenación de valores y las diferencias positivas de cambio.
Cuentas del subgrupo 76
- 760. Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio
- 761. Ingresos de valores representativos de deuda
- 762. Ingresos de créditos
- 763. Beneficios por valoración de instrumentos financieros por su valor razonable
- 766. Beneficios en participaciones y valores representativos de deuda
- 767. Ingresos de activos afectos y de derechos de reembolso relativos a retribuciones a largo plazo
- 768. Diferencias positivas de cambio
- 769. Otros ingresos financieros
Los dividendos e intereses percibidos están sometidos a retención, que se registra en la cuenta 473 como pago a cuenta del impuesto y no como menor ingreso financiero.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otros subgrupos del grupo 7
- 70. Ventas de mercaderías, de producción propia, de servicios, etc
- 71. Variación de existencias
- 73. Trabajos realizados para la empresa
- 74. Subvenciones, donaciones y legados
- 75. Otros ingresos de gestión
- 77. Beneficios procedentes de activos no corrientes e ingresos excepcionales
- 79. Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro
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Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.