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Cuenta 100. Capital social
Capital escriturado en las sociedades que revistan forma mercantil, salvo que por sus características deba considerarse pasivo financiero.
Qué recoge la cuenta 100
Recoge el capital escriturado de las sociedades mercantiles: el nominal de las acciones o participaciones emitidas e inscritas. Su saldo debe coincidir en todo momento con el que consta en la escritura inscrita en el Registro Mercantil.
Quedan fuera las acciones o participaciones que, por sus condiciones, deban calificarse como pasivo financiero, que se llevan a las cuentas del subgrupo 15. La distinción no depende de la forma jurídica, sino de si existe o no obligación de entregar efectivo.
Movimiento de la cuenta 100
Se carga
- Por la reducción de capital, con abono a las cuentas de socios, de resultados negativos o de reservas, según la finalidad de la reducción
- Por la disolución de la sociedad y liquidación del patrimonio
Se abona
- Por la constitución de la sociedad, con cargo a la cuenta 190 o a las cuentas de socios que correspondan
- Por las ampliaciones de capital, una vez inscritas
Antes de registrar cualquier movimiento conviene comprobar el estado de la inscripción registral: mientras la ampliación no está inscrita, el importe permanece en la cuenta 194 Capital emitido pendiente de inscripción.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
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