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340

Cuenta 340. Productos semiterminados A

Productos fabricados que han completado una fase del proceso y esperan elaboración posterior, primera denominación genérica.

Qué recoge la cuenta 340

Recoge los productos fabricados por la empresa que han completado una fase del proceso productivo y no se destinan a la venta hasta su elaboración posterior.

Se valoran por el coste de producción acumulado hasta la fase completada, con los mismos criterios de imputación de costes indirectos que los productos en curso.

Movimiento de la cuenta 340

Se carga

  • Por las existencias finales al cierre del ejercicio, con abono a la cuenta 711

Se abona

  • Por las existencias iniciales, al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 711
A tener en cuenta

Cuando un producto semiterminado puede venderse en el mercado, su valor neto realizable es contrastable y conviene comprobarlo al cierre: si es inferior al coste, procede dotar deterioro.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

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¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.