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599

Cuenta 599. Deterioro de valor de activos no corrientes mantenidos para la venta

Corrección valorativa por deterioro de los activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta.

Qué recoge la cuenta 599

Recoge las correcciones valorativas por deterioro de los activos y grupos enajenables clasificados como mantenidos para la venta, que se valoran por el menor entre su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.

Movimiento de la cuenta 599

Se carga

  • Por la reversión del deterioro, con abono a la cuenta 7995
  • Por la baja del activo al enajenarse

Se abona

  • Por la dotación del deterioro, con cargo a la cuenta 6995

Subcuentas previstas en el Plan

CódigoDenominación
5990Deterioro de valor de inmovilizado no corriente mantenido para la venta
5991Deterioro de valor de inversiones con personas y entidades vinculadas no corrientes mantenidas para la venta
5992Deterioro de valor de inversiones financieras no corrientes mantenidas para la venta
5993Deterioro de valor de existencias, deudores comerciales y otras cuentas a cobrar integrados en un grupo enajenable mantenido para la venta
5994Deterioro de valor de otros activos mantenidos para la venta
A tener en cuenta

La reversión del deterioro de estos activos tiene como límite el importe de las pérdidas reconocidas previamente, tanto por su clasificación como mantenidos para la venta como con anterioridad a ella.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.