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Cuenta 543. Créditos a corto plazo por enajenación de inmovilizado
Créditos con vencimiento no superior al año originados por la venta de elementos del inmovilizado.
Qué recoge la cuenta 543
Recoge los derechos de cobro con vencimiento inferior al año nacidos de la venta de elementos del inmovilizado, que no son créditos comerciales por no proceder del tráfico habitual.
Movimiento de la cuenta 543
Se carga
- Por el importe aplazado en la venta del inmovilizado
- Por el traspaso desde la cuenta 253
Se abona
- Por el cobro del crédito
- Por las correcciones valorativas por deterioro
El resultado de la venta se calcula sobre el valor actual de la contraprestación cuando el aplazamiento es significativo, no sobre el nominal aplazado.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 54
- 540. Inversiones financieras a corto plazo en instrumentos de patrimonio
- 541. Valores representativos de deuda a corto plazo
- 542. Créditos a corto plazo
- 544. Créditos a corto plazo al personal
- 545. Dividendo a cobrar
- 546. Intereses a corto plazo de valores representativos de deudas
- 547. Intereses a corto plazo de créditos
- 548. Imposiciones a corto plazo
- 549. Desembolsos pendientes sobre participaciones en el patrimonio neto a corto plazo
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.