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Cuenta 528. Intereses a corto plazo de deudas
Intereses devengados y no vencidos de las deudas distintas de las contraídas con entidades de crédito.
Qué recoge la cuenta 528
Recoge los intereses devengados y pendientes de vencimiento de las deudas con terceros que no son entidades de crédito: préstamos de particulares, aplazamientos con coste financiero explícito y otras obligaciones onerosas.
Movimiento de la cuenta 528
Se carga
- Por el pago de los intereses a su vencimiento
Se abona
- Por los intereses devengados en el ejercicio, con cargo a la cuenta 663
Cuando un aplazamiento de pago no explicita intereses pero su plazo es significativo, hay que reconocer el coste financiero implícito por el método del tipo de interés efectivo.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 52
- 520. Deudas a corto plazo con entidades de crédito
- 521. Deudas a corto plazo
- 522. Deudas a corto plazo transformables en subvenciones, donaciones y legados
- 523. Proveedores de inmovilizado a corto plazo
- 524. Acreedores por arrendamiento financiero a corto plazo
- 525. Efectos a pagar a corto plazo
- 526. Dividendo activo a pagar
- 527. Intereses a corto plazo de deudas con entidades de crédito
- 529. Provisiones a corto plazo
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.