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217

Cuenta 217. Equipos para procesos de información

Ordenadores y demás conjuntos electrónicos utilizados para el tratamiento de la información.

Qué recoge la cuenta 217

Recoge los ordenadores y demás conjuntos electrónicos destinados al tratamiento de la información: servidores, equipos de sobremesa y portátiles, impresoras, elementos de red y periféricos asociados.

Su vida útil suele ser sensiblemente inferior a la del resto del inmovilizado por la obsolescencia tecnológica, lo que justifica coeficientes de amortización más altos.

Movimiento de la cuenta 217

Se carga

  • Por el precio de adquisición del equipamiento informático, incluidos los gastos de instalación y puesta en marcha

Se abona

  • Por la enajenación o baja del equipo, con abono también de la amortización acumulada y del deterioro
A tener en cuenta

El software no va en esta cuenta sino en la 206, aunque se adquiera junto con el equipo. Cuando el precio es conjunto y el software es relevante, conviene separar ambos componentes.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.