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255

Cuenta 255. Activos por derivados financieros a largo plazo

Derivados financieros con valoración favorable para la empresa y liquidación superior al año.

Qué recoge la cuenta 255

Recoge el valor razonable positivo de los derivados financieros cuya liquidación se producirá a más de un año: permutas financieras, seguros de cambio, opciones y contratos similares.

Los derivados se valoran siempre a valor razonable; los cambios van a resultados salvo que estén designados formalmente como instrumento de cobertura contable, en cuyo caso la parte eficaz se imputa al patrimonio neto.

Movimiento de la cuenta 255

Se carga

  • Por el reconocimiento inicial cuando el valor razonable es favorable
  • Por el aumento del valor razonable

Se abona

  • Por la liquidación del derivado
  • Por la disminución del valor razonable

Subcuentas previstas en el Plan

CódigoDenominación
2550Activos por derivados financieros a largo plazo, cartera de negociación
2553Activos por derivados financieros a largo plazo, instrumentos de cobertura
A tener en cuenta

La contabilidad de coberturas exige designación formal y documentación al inicio de la operación, con identificación del instrumento, de la partida cubierta, del riesgo y del método de medición de la eficacia. Sin ella, todo el efecto va a resultados.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.