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Subgrupo 74. Subvenciones, donaciones y legados
Recoge las subvenciones, donaciones y legados imputados al resultado del ejercicio.
Qué recoge el subgrupo 74
Este subgrupo recoge el momento en que las subvenciones llegan a la cuenta de resultados: bien directamente, cuando financian gastos del ejercicio, bien por transferencia desde el patrimonio neto, cuando financian activos.
Figura en otros ingresos de explotación y, por tanto, no forma parte del importe neto de la cifra de negocios.
Cuentas del subgrupo 74
- 740. Subvenciones, donaciones y legados a la explotación
- 746. Subvenciones, donaciones y legados de capital transferidos al resultado del ejercicio
- 747. Otras subvenciones, donaciones y legados transferidos al resultado del ejercicio
Las subvenciones se integran en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades al mismo ritmo que se imputan contablemente a resultados, lo que permite que la tributación siga el ritmo de la amortización del activo financiado.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otros subgrupos del grupo 7
- 70. Ventas de mercaderías, de producción propia, de servicios, etc
- 71. Variación de existencias
- 73. Trabajos realizados para la empresa
- 75. Otros ingresos de gestión
- 76. Ingresos financieros
- 77. Beneficios procedentes de activos no corrientes e ingresos excepcionales
- 79. Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.