Contabilidad e Impuestos

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547

Cuenta 547. Intereses a corto plazo de créditos

Intereses devengados y no vencidos de los créditos concedidos a terceros.

Qué recoge la cuenta 547

Recoge los intereses devengados y pendientes de cobro de los préstamos y créditos concedidos a terceros no vinculados.

Movimiento de la cuenta 547

Se carga

  • Por los intereses devengados en el ejercicio, con abono a la cuenta 762

Se abona

  • Por el cobro de los intereses a su vencimiento
A tener en cuenta

El devengo de intereses debe registrarse al cierre aunque su cobro se produzca después: el resultado financiero del ejercicio incluye lo devengado, no lo cobrado.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.