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Subgrupo 24. Inversiones financieras a largo plazo en partes vinculadas

Recoge las inversiones financieras a largo plazo en empresas del grupo, multigrupo, asociadas y otras partes vinculadas.

Qué recoge el subgrupo 24

El Plan separa las inversiones financieras con partes vinculadas de las realizadas con terceros por su relevancia informativa. Este subgrupo recoge las de vencimiento o realización superior al año.

Las participaciones en empresas del grupo, multigrupo y asociadas se valoran al coste menos deterioro, con reglas específicas para calcular el importe recuperable basadas en el patrimonio neto de la participada corregido por plusvalías tácitas.

Cuentas del subgrupo 24

A tener en cuenta

El deterioro de participaciones en entidades del grupo no es deducible con carácter general en el Impuesto sobre Sociedades, con reglas propias sobre su reversión. Es una de las áreas del impuesto que más ha cambiado en los últimos años.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.