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Subgrupo 19. Situaciones transitorias de financiación
Cuentas puente que reflejan las operaciones de emisión de capital y de instrumentos de patrimonio mientras están en curso.
Qué recoge el subgrupo 19
Este subgrupo existe para reflejar contablemente el periodo que transcurre entre el acuerdo de emisión de acciones o participaciones y su inscripción registral. Son cuentas transitorias que deben quedar saldadas al finalizar la operación.
Su presencia en un balance de cierre indica que hay una ampliación de capital en curso, información que debe explicarse en la memoria y que conviene verificar en cualquier revisión.
Cuentas del subgrupo 19
- 190. Acciones o participaciones emitidas
- 192. Suscriptores de acciones
- 194. Capital emitido pendiente de inscripción
- 195. Acciones o participaciones emitidas consideradas como pasivos financieros
- 197. Suscriptores de acciones consideradas como pasivos financieros
- 199. Acciones o participaciones emitidas consideradas como pasivos financieros pendientes de inscripción.
Si al cierre queda saldo en estas cuentas, hay que comprobar el estado real del expediente registral. Un capital emitido y no inscrito durante mucho tiempo puede indicar un defecto en la escritura o una calificación negativa del registrador.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otros subgrupos del grupo 1
- 10. Capital
- 11. Reservas y otros instrumentos de patrimonio
- 12. Resultados pendientes de aplicación
- 13. Subvenciones, donaciones y ajustes por cambios de valor
- 14. Provisiones
- 15. Deudas a largo plazo con características especiales
- 16. Deudas a largo plazo con partes vinculadas
- 17. Deudas a largo plazo por préstamos recibidos, empréstitos y otros conceptos
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.