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Cuenta 476. Organismos de la seguridad social, acreedores
Deudas pendientes con los organismos de la Seguridad Social por las cuotas devengadas a cargo de la empresa y del trabajador.
Qué recoge la cuenta 476
Recoge las cuotas de la Seguridad Social devengadas y pendientes de pago, tanto la parte a cargo de la empresa como la retenida al trabajador en la nómina.
Su saldo al cierre debe corresponderse con la liquidación del último periodo devengado y no pagado, normalmente la de diciembre si se abona en enero.
Movimiento de la cuenta 476
Se carga
- Por el pago de las cuotas a la Seguridad Social
Se abona
- Por las cuotas a cargo de la empresa, con cargo a la cuenta 642
- Por las cuotas a cargo del trabajador retenidas en nómina, con cargo a la cuenta 640 dentro del salario bruto
Un saldo que no cuadra con los boletines de cotización suele deberse a bonificaciones aplicadas y no registradas, a prestaciones en pago delegado o a aplazamientos concedidos que no se han reflejado.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 47
- 470. Hacienda pública, deudora por diversos conceptos
- 471. Organismos de la seguridad social, deudores
- 472. Hacienda pública, IVA soportado
- 473. Hacienda pública, retenciones y pagos a cuenta
- 474. Activos por impuesto diferido
- 475. Hacienda pública, acreedora por conceptos fiscales
- 477. Hacienda pública, IVA repercutido
- 479. Pasivos por diferencias temporarias imponibles
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.