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Subgrupo 52. Deudas a corto plazo por préstamos recibidos y otros conceptos

Recoge la financiación ajena a corto plazo obtenida de terceros no vinculados y las provisiones a corto plazo.

Qué recoge el subgrupo 52

Es el reflejo a corto plazo del subgrupo 17: concentra la deuda financiera con terceros cuyo vencimiento no supera el año, incluidas las pólizas de crédito dispuestas y los vencimientos corrientes de los préstamos a largo.

Incluye también dos cuentas de naturaleza distinta: el dividendo activo a pagar acordado por la junta y las provisiones a corto plazo.

Cuentas del subgrupo 52

A tener en cuenta

La suma de las cuentas 520 y 527 más la parte reclasificada desde la 170 es el endeudamiento bancario a corto de la empresa, uno de los datos que primero mira cualquier entidad financiera.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.