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Normas de registro y valoración

La segunda parte del Plan es su núcleo obligatorio. Veintitrés normas que desarrollan el marco conceptual y responden, para cada tipo de elemento, a las dos preguntas que importan: cuándo se reconoce y por cuánto.

N.ºNormaMateria
1.ªDesarrollo del Marco ConceptualRelación entre marco y normas
2.ªInmovilizado materialValoración inicial, amortización, deterioro y baja
3.ªNormas particulares sobre inmovilizado materialSolares, construcciones, utillaje, piezas de recambio
4.ªInversiones inmobiliariasInmuebles para renta o plusvalía
5.ªInmovilizado intangibleReconocimiento, vida útil y amortización
6.ªNormas particulares sobre intangibleI+D, concesiones, patentes, fondo de comercio, aplicaciones informáticas
7.ªActivos no corrientes mantenidos para la ventaClasificación, valoración y operaciones interrumpidas
8.ªArrendamientos y otras operaciones similaresFinanciero, operativo y venta con arrendamiento posterior
9.ªInstrumentos financierosActivos, pasivos, patrimonio, coberturas y deterioro
10.ªExistenciasCoste, métodos de asignación y valor neto realizable
11.ªMoneda extranjeraPartidas monetarias y no monetarias
12.ªIVA, IGIC y otros impuestos indirectosCuándo el impuesto es mayor coste
13.ªImpuestos sobre beneficiosImpuesto corriente y diferido
14.ªIngresos por ventas y prestación de serviciosReconocimiento y valoración de los ingresos
15.ªProvisiones y contingenciasReconocimiento, valoración y compensaciones
16.ªRetribuciones a largo plazo al personalAportación definida y prestación definida
17.ªPagos basados en instrumentos de patrimonioRetribución con acciones u opciones
18.ªSubvenciones, donaciones y legadosReintegrables y no reintegrables, imputación
19.ªCombinaciones de negociosMétodo de adquisición y fondo de comercio
20.ªNegocios conjuntosExplotaciones y activos controlados conjuntamente
21.ªOperaciones entre empresas del grupoValoración y operaciones de reestructuración
22.ªCambios en criterios contables, errores y estimacionesEfecto retroactivo o prospectivo
23.ªHechos posteriores al cierreLos que ajustan y los que solo se informan

Cómo se usan

La secuencia de trabajo ante cualquier operación es siempre la misma. Primero se identifica qué elemento es, con las definiciones del marco conceptual. Después se localiza la norma aplicable y se comprueba si existe resolución del ICAC que la desarrolle. Solo entonces se decide el asiento.

Invertir el orden —pensar primero en la cuenta y después justificarla— es el origen de la mayoría de los errores materiales, porque la cuenta se elige por costumbre y arrastra un tratamiento que puede no corresponder a la operación.

Las que más problemas dan

  • La 9.ª, instrumentos financieros. Es la más extensa y la que más categorías y matices tiene.
  • La 14.ª, ingresos. Determinar cuándo se reconoce un ingreso en contratos complejos es la discusión más habitual con auditores.
  • La 15.ª, provisiones. El límite entre provisión y contingencia decide si algo entra o no en el balance.
  • La 18.ª, subvenciones. El carácter reintegrable y las condiciones de mantenimiento cambian por completo el tratamiento.
  • La 21.ª, operaciones entre empresas del grupo. Con reglas propias que se apartan del valor razonable en las reestructuraciones.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.