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Modelo 100

La declaración anual del IRPF. Para una empresa importa por dos motivos: porque sus socios y administradores la presentan, y porque en ella se cruzan las retenciones y las rentas que la propia sociedad ha declarado.

Obligación de declarar

Existen límites de exclusión que dependen del tipo de renta y del número de pagadores, especialmente relevantes en rendimientos del trabajo. Quedan siempre obligados, entre otros, quienes desarrollan actividades económicas, quienes obtienen rentas sujetas a regímenes específicos y quienes desean aplicar determinadas deducciones o solicitar devoluciones.

Lo que conviene revisar antes de confirmar el borrador

  • Rendimientos de actividades económicas: el borrador no los incorpora completos.
  • Inmuebles: titularidad, porcentajes, uso y referencias catastrales.
  • Alquileres: gastos deducibles, amortización y reducción por vivienda.
  • Transmisiones: valor de adquisición correcto, incluidas mejoras y gastos.
  • Aportaciones a planes de pensiones y sistemas de previsión social.
  • Deducciones autonómicas, que el borrador con frecuencia no aplica.
  • Situación familiar: nacimientos, discapacidades, ascendientes a cargo.
  • Retenciones: contraste con los certificados recibidos.
Los datos fiscales no son la declaración

Son información que la Administración tiene, no una liquidación. Confirmar un borrador sin revisar traslada al contribuyente la responsabilidad de lo que contiene y de lo que le falta.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.