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Cuenta 557. Dividendo activo a cuenta
Cantidades entregadas a los socios a cuenta de los resultados del ejercicio en curso.
Qué recoge la cuenta 557
Recoge las cantidades entregadas a los socios a cuenta del resultado del ejercicio en curso, antes de su cierre y de la aprobación de las cuentas por la junta general.
Tiene saldo deudor y figura en el patrimonio neto minorando los fondos propios, no en el activo.
Movimiento de la cuenta 557
Se carga
- Por las cantidades entregadas a los socios a cuenta del resultado del ejercicio
Se abona
- Por la aplicación del resultado del ejercicio acordada por la junta, con abono a la cuenta 129
El acuerdo de dividendo a cuenta exige un estado contable que acredite liquidez suficiente y que el importe no exceda de los resultados obtenidos desde el cierre anterior, deducidas pérdidas, dotaciones obligatorias y la estimación del impuesto.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 55
- 550. Titular de la explotación
- 551. Cuenta corriente con socios y administradores
- 552. Cuenta corriente con otras personas y entidades vinculadas
- 553. Cuentas corrientes en fusiones y escisiones
- 554. Cuenta corriente con uniones temporales de empresas y comunidades de bienes
- 555. Partidas pendientes de aplicación
- 556. Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto
- 558. Socios por desembolsos exigidos
- 559. Derivados financieros a corto plazo
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.