Contabilidad e Impuestos

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133

Cuenta 133. Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto

Acumula los cambios de valor de los activos financieros clasificados en la categoría de valor razonable con cambios en el patrimonio neto.

Qué recoge la cuenta 133

Recoge los ajustes por valoración de los activos financieros que la norma clasifica en la categoría de valor razonable con cambios en el patrimonio neto. Su saldo puede ser acreedor o deudor según el sentido de la variación acumulada.

Los ajustes permanecen en patrimonio neto hasta que el activo se da de baja o se deteriora, momento en el que se transfieren a la cuenta de pérdidas y ganancias, salvo en los instrumentos de patrimonio para los que la norma prevea un tratamiento distinto.

Movimiento de la cuenta 133

Se carga

  • Por las pérdidas de valor del ejercicio, con abono a la cuenta 800
  • Por la transferencia a resultados de los ajustes positivos acumulados, con abono a la cuenta 802

Se abona

  • Por los beneficios de valoración del ejercicio, con cargo a la cuenta 900
  • Por la transferencia a resultados de los ajustes negativos acumulados, con cargo a la cuenta 902
A tener en cuenta

Estos ajustes se registran netos del efecto impositivo, con la contrapartida en las cuentas 479 o 474 según corresponda. Omitir el impuesto diferido es el error más habitual en esta cuenta.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.