Contabilidad e Impuestos

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Impuesto sobre la Renta de no Residentes

Grava la renta obtenida en territorio español por personas físicas y entidades no residentes. Todo el impuesto se articula sobre una distinción previa: si la renta se obtiene mediante establecimiento permanente o sin él.

Las dos formas de tributar

Con establecimiento permanenteSin establecimiento permanente
BaseRenta neta del establecimiento, con reglas próximas al Impuesto sobre SociedadesRenta bruta de cada operación, con deducción de gastos solo en supuestos tasados
DevengoPeriodo impositivo anualOperación por operación
DeclaraciónModelo 200 con las adaptaciones propiasModelo 210
TipoEl general del Impuesto sobre SociedadesTipos específicos según el tipo de renta y la residencia del perceptor

Rentas más frecuentes sin establecimiento permanente

  • Dividendos, intereses y cánones pagados por residentes, sujetos a retención en la fuente y a los límites de los convenios.
  • Rendimientos de inmuebles situados en España: arrendamiento e imputación de renta por inmuebles a disposición del propietario.
  • Ganancias patrimoniales por transmisión de inmuebles, con la retención a cuenta que debe practicar el adquirente.
  • Prestaciones de servicios utilizadas en territorio español, con las reglas de localización propias del impuesto.

Exenciones relevantes

Intereses y ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos por residentes en otro Estado miembro de la Unión Europea, con excepciones; dividendos matriz-filial cuando se cumplen los requisitos; rendimientos de deuda pública; y determinados rendimientos de cuentas de no residentes. Cada exención exige acreditar la residencia mediante certificado emitido por la autoridad fiscal del otro Estado, con vigencia limitada.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Cuándo hay que nombrar representante fiscal?

Cuando se opera mediante establecimiento permanente, cuando se realizan operaciones con deducción de gastos en determinados supuestos, cuando lo requiere la Administración y en los casos de residentes en países sin normativa de asistencia mutua. El nombramiento debe comunicarse en plazo, y su omisión constituye infracción.

¿Un no residente que vende un inmueble en España cómo tributa?

Por la ganancia patrimonial obtenida, con el tipo aplicable a estas rentas. El adquirente está obligado a retener e ingresar un porcentaje del precio como pago a cuenta mediante el modelo 211, y el transmitente declara la ganancia en el modelo 210 descontando esa retención. Además se devengan el IIVTNU y los tributos locales que correspondan.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.