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Cuenta 830. Impuesto sobre beneficios
Efecto impositivo de los ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto.
Qué recoge la cuenta 830
Recoge el importe del impuesto sobre beneficios correspondiente a los ingresos y gastos que se imputan directamente al patrimonio neto, de modo que estos figuren netos de su efecto fiscal.
Movimiento de la cuenta 830
Se carga
- Por el efecto impositivo de los ingresos imputados al patrimonio neto, con abono a la cuenta 479 o 474
Se abona
- Por el efecto impositivo de los gastos imputados al patrimonio neto
- Por la transferencia al cierre a las cuentas del subgrupo 13
Subcuentas previstas en el Plan
| Código | Denominación |
|---|---|
| 8300 | Impuesto corriente |
| 8301 | Impuesto diferido |
Es la cuenta que garantiza la coherencia entre el patrimonio neto y los impuestos diferidos. Su omisión hace que las subvenciones y los ajustes de valor figuren por su importe bruto, sobrevalorando el patrimonio.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 83
- 833. Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios
- 834. Ingresos fiscales por diferencias permanentes
- 835. Ingresos fiscales por deducciones y bonificaciones
- 836. Transferencia de diferencias permanentes
- 837. Transferencia de deducciones y bonificaciones
- 838. Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.