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Subgrupo 96. Ingresos por activos no corrientes en venta
Recoge los beneficios por valoración de los activos no corrientes clasificados como mantenidos para la venta imputados al patrimonio neto.
Qué recoge el subgrupo 96
Este subgrupo recoge los ajustes de valoración favorables de los activos mantenidos para la venta cuyos cambios de valor debían imputarse al patrimonio neto antes de su reclasificación, y la transferencia a resultados de las pérdidas acumuladas.
Cuentas del subgrupo 96
- 960. Beneficios en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta
- 962. Transferencia de pérdidas en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta
La clasificación como mantenido para la venta exige plan iniciado, disponibilidad inmediata, búsqueda activa de comprador y expectativa de venta en un año. Sin esos requisitos, el activo debe seguir en el inmovilizado y amortizándose.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otros subgrupos del grupo 9
- 90. Ingresos financieros por valoración de activos y pasivos
- 91. Ingresos en operaciones de cobertura
- 92. Ingresos por diferencias de conversión
- 94. Ingresos por subvenciones, donaciones y legados
- 95. Ingresos por ganancias actuariales y ajustes en los activos por retribuciones a largo plazo de prestación definida
- 99. Ingresos de participaciones en empresas del grupo o asociadas con ajustes valorativos negativos previos
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.