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Subgrupo 79. Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro

Recoge las reversiones de los deterioros dotados en ejercicios anteriores y los excesos de provisiones.

Qué recoge el subgrupo 79

Este subgrupo refleja el reverso del subgrupo 69: cuando desaparecen las causas que motivaron un deterioro o una provisión, procede revertirlos reconociendo el ingreso correspondiente.

La reversión tiene un límite: el valor contable que el activo tendría de no haberse deteriorado nunca. Y una excepción: el deterioro del fondo de comercio no revierte jamás.

Cuentas del subgrupo 79

A tener en cuenta

Fiscalmente, la reversión de un deterioro que en su día no fue deducible no se integra en la base imponible, precisamente porque su dotación no redujo la tributación. Seguir ese rastro exige llevar el detalle por activo y por ejercicio.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.