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Subgrupo 73. Trabajos realizados para la empresa
Recoge la contrapartida de los gastos realizados por la empresa para su propio inmovilizado, utilizando sus medios propios.
Qué recoge el subgrupo 73
Cuando la empresa fabrica o construye un activo para sí misma, los gastos incurridos ya están registrados en el grupo 6. Este subgrupo neutraliza ese gasto y traslada su importe al activo.
No es un ingreso real: es un ajuste que evita que el resultado del ejercicio soporte un coste que corresponde a un activo con vida útil plurianual.
Cuentas del subgrupo 73
- 730. Trabajos realizados para el inmovilizado intangible
- 731. Trabajos realizados para el inmovilizado material
- 732. Trabajos realizados en inversiones inmobiliarias
- 733. Trabajos realizados para el inmovilizado material en curso
La activación exige que los costes sean directamente atribuibles al activo y que este vaya a generar beneficios futuros. Activar costes indirectos generales o de subactividad no es admisible y es una de las prácticas más revisadas.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otros subgrupos del grupo 7
- 70. Ventas de mercaderías, de producción propia, de servicios, etc
- 71. Variación de existencias
- 74. Subvenciones, donaciones y legados
- 75. Otros ingresos de gestión
- 76. Ingresos financieros
- 77. Beneficios procedentes de activos no corrientes e ingresos excepcionales
- 79. Excesos y aplicaciones de provisiones y de pérdidas por deterioro
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.