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Subgrupo 25. Otras inversiones financieras a largo plazo

Recoge las inversiones financieras a largo plazo realizadas con terceros ajenos al grupo y a las partes vinculadas.

Qué recoge el subgrupo 25

Este subgrupo agrupa las inversiones financieras con vencimiento o realización superior al año realizadas con terceros independientes: participaciones minoritarias, renta fija, préstamos concedidos, depósitos e imposiciones a plazo.

Su clasificación en una u otra categoría de la norma de instrumentos financieros determina si se valoran a coste amortizado, a valor razonable con cambios en resultados o a valor razonable con cambios en el patrimonio neto.

Cuentas del subgrupo 25

A tener en cuenta

La clasificación inicial en una categoría condiciona todo el tratamiento posterior y no puede cambiarse libremente. Conviene documentar en el momento de la adquisición el modelo de negocio y la finalidad de la inversión.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.