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760

Cuenta 760. Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio

Rentas devengadas a favor de la empresa procedentes de participaciones en el patrimonio de otras entidades.

Qué recoge la cuenta 760

Recoge las rentas a favor de la empresa devengadas en el ejercicio procedentes de participaciones en el capital de otras entidades: dividendos y participaciones en beneficios.

Movimiento de la cuenta 760

Se carga

  • Por la regularización al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129

Se abona

  • Por el dividendo acordado por la participada, con cargo a las cuentas 535 o 545

Subcuentas previstas en el Plan

CódigoDenominación
7600Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio, empresas del grupo
7601Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio, empresas asociadas
7602Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio, otras partes vinculadas
7603Ingresos de participaciones en instrumentos de patrimonio, otras empresas
A tener en cuenta

El ingreso se reconoce cuando se declara el derecho a recibirlo, es decir, con el acuerdo de la junta de la participada. Puede quedar exento en el Impuesto sobre Sociedades si se cumplen los requisitos de participación y antigüedad.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.