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Cuenta 678. Gastos excepcionales
Gastos de cuantía significativa y carácter excepcional que no deben considerarse periódicos al evaluar los resultados.
Qué recoge la cuenta 678
Recoge los gastos de cuantía significativa que no deben considerarse periódicos al evaluar los resultados futuros de la empresa: multas y sanciones, pérdidas por siniestros, indemnizaciones extraordinarias y similares.
Movimiento de la cuenta 678
Se carga
- Por los gastos excepcionales devengados
Se abona
- Por la regularización al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129
Las multas, sanciones y recargos registrados en esta cuenta no son deducibles y generan un ajuste positivo permanente. Registrarlos en una subcuenta separada permite obtener el ajuste directamente del mayor.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
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¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.