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Cuenta 645. Retribuciones al personal mediante instrumentos de patrimonio
Gasto devengado por la retribución al personal mediante la entrega de instrumentos de patrimonio o de importes vinculados a su valor.
Qué recoge la cuenta 645
Recoge el gasto devengado por los planes de retribución basados en acciones u opciones sobre acciones. El Plan prevé subcuentas para separar los liquidados en instrumentos de patrimonio de los liquidados en efectivo.
Los primeros se valoran por el valor razonable en la fecha de concesión y no se revisan; los segundos, a valor razonable en cada cierre hasta su liquidación.
Movimiento de la cuenta 645
Se carga
- Por el gasto devengado en el periodo de irrevocabilidad, con abono a la cuenta 111 o a la 147 según la modalidad
Se abona
- Por la regularización al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129
Subcuentas previstas en el Plan
| Código | Denominación |
|---|---|
| 6450 | Retribuciones al personal liquidados con instrumentos de patrimonio |
| 6457 | Retribuciones al personal liquidados en efectivo basado en instrumentos de patrimonio |
Es un error frecuente en empresas emergentes no registrar nada porque no hay salida de caja. El gasto existe desde la concesión y su omisión distorsiona las cuentas justo cuando más se miran.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.