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Cuenta 631. Otros tributos
Tributos distintos del impuesto sobre beneficios y de los que deban ser cargados en otras cuentas.
Qué recoge la cuenta 631
Recoge los tributos de los que la empresa es contribuyente y que no tienen cuenta específica: IBI, IAE, impuesto sobre vehículos, tasas municipales, impuestos sobre determinados servicios y demás tributos locales y autonómicos.
No incluye el ITP soportado en la adquisición de un activo, que forma parte de su precio de adquisición, ni el ICIO de una obra, que se incorpora al coste del inmovilizado.
Movimiento de la cuenta 631
Se carga
- Por los tributos devengados en el ejercicio
Se abona
- Por la regularización al cierre del ejercicio, con cargo a la cuenta 129
Las multas, sanciones y recargos no son tributos deducibles: conviene registrarlos en una subcuenta separada de esta cuenta o en la 678, para que el ajuste extracontable sea inmediato.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 63
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.