Inicio/Grupo 5/Subgrupo 58/Cuenta 580
Cuenta 580. Inmovilizado
Elementos del inmovilizado intangible, material e inversiones inmobiliarias clasificados como mantenidos para la venta.
Qué recoge la cuenta 580
Recoge los elementos del inmovilizado y las inversiones inmobiliarias que cumplen los requisitos para clasificarse como mantenidos para la venta. Se valoran por el menor entre su valor contable y su valor razonable menos los costes de venta.
Movimiento de la cuenta 580
Se carga
- Por el traspaso desde las cuentas de inmovilizado al cumplirse los requisitos de clasificación
Se abona
- Por la enajenación del elemento
- Por la reclasificación a inmovilizado si dejan de cumplirse los requisitos
Al reclasificar de vuelta al inmovilizado, el elemento se valora por el menor entre su valor contable antes de la clasificación ajustado por las amortizaciones que se habrían reconocido y su importe recuperable.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 58
- 581. Inversiones con personas y entidades vinculadas
- 582. Inversiones financieras
- 583. Existencias, deudores comerciales y otras cuentas a cobrar
- 584. Otros activos
- 585. Provisiones
- 586. Deudas con características especiales
- 587. Deudas con personas y entidades vinculadas
- 588. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar
- 589. Otros pasivos
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.