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Cuenta 553. Cuentas corrientes en fusiones y escisiones
Cuentas de enlace utilizadas en los procesos de fusión y escisión mientras la operación está en curso.
Qué recoge la cuenta 553
Recoge los movimientos de fondos y las partidas de enlace entre las sociedades participantes en una fusión o escisión durante el periodo que media entre la fecha de efectos contables y la inscripción registral.
Movimiento de la cuenta 553
Se carga
- Por los importes pagados por cuenta de la otra sociedad participante
Se abona
- Por los importes recibidos de la otra sociedad participante
Subcuentas previstas en el Plan
| Código | Denominación |
|---|---|
| 5530 | Socios de sociedad disuelta |
| 5531 | Socios, cuenta de fusión |
| 5532 | Socios de sociedad escindida |
| 5533 | Socios, cuenta de escisión |
Es una cuenta transitoria: debe quedar saldada al inscribirse la operación. Un saldo remanente indica que la integración contable de la fusión o escisión no se ha completado correctamente.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 55
- 550. Titular de la explotación
- 551. Cuenta corriente con socios y administradores
- 552. Cuenta corriente con otras personas y entidades vinculadas
- 554. Cuenta corriente con uniones temporales de empresas y comunidades de bienes
- 555. Partidas pendientes de aplicación
- 556. Desembolsos exigidos sobre participaciones en el patrimonio neto
- 557. Dividendo activo a cuenta
- 558. Socios por desembolsos exigidos
- 559. Derivados financieros a corto plazo
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.