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529

Cuenta 529. Provisiones a corto plazo

Provisiones cuya cancelación se prevé dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio.

Qué recoge la cuenta 529

Recoge las provisiones del subgrupo 14 cuya aplicación se espera que se produzca dentro del año siguiente, así como aquellas que nacen ya con vencimiento a corto plazo. El Plan prevé subcuentas paralelas a las del subgrupo 14.

Movimiento de la cuenta 529

Se carga

  • Por la aplicación de la provisión al pago de la obligación
  • Por el exceso de provisión, con abono a las cuentas del subgrupo 795

Se abona

  • Por la dotación o por el traspaso desde las cuentas del subgrupo 14

Subcuentas previstas en el Plan

CódigoDenominación
5290Provisión a corto plazo por retribuciones al personal
5291Provisión a corto plazo para impuestos
5292Provisión a corto plazo para otras responsabilidades
5293Provisión a corto plazo por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado
5295Provisión a corto plazo para actuaciones medioambientales
5296Provisión a corto plazo para reestructuraciones
5297Provisión a corto plazo por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio
A tener en cuenta

La reclasificación al corto plazo de las provisiones se decide con la mejor estimación disponible del calendario de salida de recursos, y debe revisarse en cada cierre.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.