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521

Cuenta 521. Deudas a corto plazo

Deudas a corto plazo con terceros no vinculados que no proceden de entidades de crédito ni tienen cuenta específica.

Qué recoge la cuenta 521

Es la cuenta residual del subgrupo para las deudas a corto plazo con terceros: préstamos de particulares, aplazamientos no comerciales y demás obligaciones financieras con vencimiento inferior al año.

Movimiento de la cuenta 521

Se carga

  • Por el reembolso de la deuda

Se abona

  • Por el importe recibido o por la deuda asumida
  • Por el traspaso desde la cuenta 171
A tener en cuenta

Conviene no utilizarla como cajón de sastre. Abrir subcuentas por acreedor y por naturaleza permite explicar el saldo y cumplimentar la memoria sin reconstruir el mayor.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.