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Cuenta 514. Intereses a corto plazo de deudas con partes vinculadas
Intereses devengados y no vencidos de las deudas con partes vinculadas.
Qué recoge la cuenta 514
Recoge los intereses devengados y pendientes de vencimiento correspondientes a las deudas con empresas del grupo, asociadas y otras partes vinculadas.
Movimiento de la cuenta 514
Se carga
- Por el pago de los intereses a su vencimiento
Se abona
- Por los intereses devengados en el ejercicio, con cargo a la cuenta 662
Subcuentas previstas en el Plan
| Código | Denominación |
|---|---|
| 5143 | Intereses a corto plazo de deudas, empresas del grupo |
| 5144 | Intereses a corto plazo de deudas, empresas asociadas |
| 5145 | Intereses a corto plazo de deudas, otras partes vinculadas |
Los intereses de préstamos entre partes vinculadas deben responder al tipo de mercado. Su ausencia obliga a imputar el rendimiento de mercado a efectos fiscales, con ajuste en ambas partes.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.