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Cuenta 500. Obligaciones y bonos a corto plazo
Empréstitos representados en obligaciones y bonos con vencimiento no superior al año.
Qué recoge la cuenta 500
Recoge la deuda por emisión de obligaciones y bonos cuyo vencimiento se producirá dentro de los doce meses siguientes al cierre, procedente normalmente de la reclasificación de la cuenta 177.
Movimiento de la cuenta 500
Se carga
- Por la amortización o el reembolso de los títulos
Se abona
- Por el traspaso desde la cuenta 177 del importe que vence a corto plazo
- Por la emisión de empréstitos con vencimiento inferior al año
Los gastos de emisión pendientes de imputar siguen distribuyéndose por el método del tipo de interés efectivo hasta el vencimiento, con independencia de la reclasificación al corto plazo.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 50
- 501. Obligaciones y bonos convertibles a corto plazo
- 502. Acciones o participaciones a corto plazo consideradas como pasivos financieros
- 505. Deudas representadas en otros valores negociables a corto plazo
- 506. Intereses a corto plazo de empréstitos y otras emisiones análogas
- 507. Dividendos de acciones o participaciones consideradas como pasivos financieros
- 509. Valores negociables amortizados
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.