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Cuenta 471. Organismos de la seguridad social, deudores
Créditos frente a los organismos de la Seguridad Social por prestaciones anticipadas y otros conceptos.
Qué recoge la cuenta 471
Recoge los créditos frente a los organismos de la Seguridad Social, típicamente por prestaciones satisfechas por la empresa en régimen de pago delegado que deben ser reintegradas: incapacidad temporal, maternidad y similares.
Su saldo se compensa normalmente en las liquidaciones mensuales de cotizaciones.
Movimiento de la cuenta 471
Se carga
- Por las prestaciones satisfechas al trabajador en pago delegado
Se abona
- Por la compensación en la liquidación de cuotas o por el cobro efectivo del reintegro
La conciliación de esta cuenta con los boletines de cotización es imprescindible al cierre: un saldo que no se compensa mes a mes indica prestaciones mal calculadas o no reclamadas.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 47
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- 475. Hacienda pública, acreedora por conceptos fiscales
- 476. Organismos de la seguridad social, acreedores
- 477. Hacienda pública, IVA repercutido
- 479. Pasivos por diferencias temporarias imponibles
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.