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Cuenta 419. Acreedores por operaciones en común
Deudas con partícipes en operaciones reguladas por contratos de cuentas en participación y otras operaciones en común.
Qué recoge la cuenta 419
Recoge las deudas con socios no gestores en operaciones reguladas mediante contratos de cuentas en participación, y con partícipes en otras operaciones realizadas en común.
Su saldo refleja la participación del partícipe no gestor en el resultado de la operación y las aportaciones pendientes de liquidar.
Movimiento de la cuenta 419
Se carga
- Por el pago o la liquidación de la deuda al partícipe
Se abona
- Por la participación del partícipe en el beneficio de la operación, con cargo a la cuenta 651
- Por las aportaciones recibidas del partícipe
El contrato de cuentas en participación tiene un tratamiento fiscal específico: la participación en resultados no es dividendo sino un gasto o ingreso, y conviene documentar el contrato con precisión antes de registrar nada.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
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¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.