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Cuenta 410. Acreedores por prestaciones de servicios
Deudas con suministradores de servicios que no tienen la condición de proveedores de existencias.
Qué recoge la cuenta 410
Recoge las deudas con quienes prestan a la empresa servicios que no forman parte del aprovisionamiento: profesionales, suministros, arrendamientos, transportes, seguros, reparaciones y publicidad, entre otros.
Su valoración sigue la de los débitos comerciales: nominal cuando el vencimiento no supera el año y no hay interés contractual, con coste amortizado en los demás casos.
Movimiento de la cuenta 410
Se carga
- Por el pago de las deudas
- Por los descuentos y rectificaciones posteriores a la factura
- Por la formalización en efectos, con abono a la cuenta 411
Se abona
- Por la recepción de los servicios, con cargo a las cuentas del subgrupo 62 o de la que corresponda
Subcuentas previstas en el Plan
| Código | Denominación |
|---|---|
| 4100 | Acreedores por prestaciones de servicios (euros) |
| 4104 | Acreedores por prestaciones de servicios, (moneda extranjera) |
| 4109 | Acreedores por prestaciones de servicios, facturas pendientes de recibir o de formalizar |
Cuando el acreedor es un profesional sujeto a retención, la deuda registrada es el importe íntegro y la retención practicada se abona a la cuenta 4751, no se minora del saldo del acreedor.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
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