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Cuenta 298. Deterioro de valor de créditos a largo plazo
Corrección valorativa por la pérdida de valor de los créditos a largo plazo concedidos a terceros.
Qué recoge la cuenta 298
Recoge las correcciones valorativas por deterioro de los créditos a largo plazo concedidos a terceros no vinculados cuando existe evidencia objetiva de que no se cobrarán íntegramente.
Se calcula por la diferencia entre el valor contable y el valor actual de los flujos de efectivo futuros estimados, descontados al tipo de interés efectivo original del crédito.
Movimiento de la cuenta 298
Se carga
- Por la reversión del deterioro, con abono a la cuenta 799
- Por la baja del crédito
Se abona
- Por la dotación del deterioro, con cargo a la cuenta 699
La deducibilidad fiscal del deterioro de créditos exige que concurran las circunstancias tasadas en la Ley del Impuesto: transcurso del plazo desde el vencimiento, concurso del deudor, procesamiento por alzamiento de bienes o reclamación judicial o arbitral.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 29
- 290. Deterioro de valor del inmovilizado intangible
- 291. Deterioro de valor del inmovilizado material
- 292. Deterioro de valor de las inversiones inmobiliarias
- 293. Deterioro de valor de participaciones a largo plazo
- 294. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo de partes vinculadas
- 295. Deterioro de valor de créditos a largo plazo a partes vinculadas
- 297. Deterioro de valor de valores representativos de deuda a largo plazo
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.