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250

Cuenta 250. Inversiones financieras a largo plazo en instrumentos de patrimonio

Inversiones en acciones y participaciones de entidades que no son partes vinculadas, con vocación de permanencia.

Qué recoge la cuenta 250

Recoge las inversiones en acciones y participaciones de entidades ajenas al grupo mantenidas a largo plazo. Puede tratarse de participaciones minoritarias en sociedades operativas, de acciones cotizadas o de participaciones en fondos.

Su valoración depende de la categoría en que se clasifiquen: valor razonable con cambios en resultados, valor razonable con cambios en el patrimonio neto o, cuando no pueda determinarse con fiabilidad, coste menos deterioro.

Movimiento de la cuenta 250

Se carga

  • Por la adquisición o suscripción de los instrumentos de patrimonio
  • Por los aumentos de valor razonable cuando se valoran por ese criterio

Se abona

  • Por la enajenación o baja de la inversión
  • Por las disminuciones de valor razonable y por las correcciones valorativas por deterioro
A tener en cuenta

Los costes de transacción se incorporan al valor inicial salvo en la categoría de valor razonable con cambios en la cuenta de pérdidas y ganancias, en la que se imputan directamente a resultados.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.