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249

Cuenta 249. Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en partes vinculadas

Importe pendiente de desembolsar sobre participaciones en partes vinculadas suscritas y no íntegramente pagadas.

Qué recoge la cuenta 249

Recoge el importe pendiente de desembolso sobre las participaciones suscritas en empresas del grupo, multigrupo, asociadas y otras partes vinculadas. Es una obligación de la empresa inversora frente a la participada.

Aunque figura en el subgrupo 24, su saldo es acreedor: representa una deuda por los dividendos pasivos pendientes.

Movimiento de la cuenta 249

Se carga

  • Por el desembolso efectivo de los importes pendientes

Se abona

  • Por los desembolsos pendientes en el momento de la suscripción de las participaciones

Subcuentas previstas en el Plan

CódigoDenominación
2493Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en empresas del grupo.
2494Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en empresas asociadas.
2495Desembolsos pendientes sobre participaciones a largo plazo en otras partes vinculadas
A tener en cuenta

En el balance, esta cuenta se presenta en el pasivo, no minorando la inversión, salvo que la normativa de elaboración de las cuentas anuales disponga otra cosa para la partida concreta. Conviene comprobar la presentación en el modelo aplicable.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.