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150

Cuenta 150. Acciones o participaciones a largo plazo consideradas como pasivos financieros

Acciones o participaciones emitidas cuyas condiciones obligan a la sociedad a entregar efectivo, por lo que se califican como pasivo financiero.

Qué recoge la cuenta 150

Recoge el importe de las acciones o participaciones emitidas que, por incorporar una obligación contractual de entregar efectivo u otro activo financiero, no cumplen la definición de instrumento de patrimonio y deben clasificarse como pasivo.

La consecuencia práctica es doble: no computan como patrimonio neto a efectos contables y su remuneración se registra como gasto financiero, no como distribución de resultados.

Movimiento de la cuenta 150

Se carga

  • Por la amortización o el reembolso de los instrumentos
  • Por la reclasificación a corto plazo cuando el vencimiento pasa a ser inferior al año

Se abona

  • Por la emisión de las acciones o participaciones, una vez inscritas
A tener en cuenta

Esta calificación afecta al cálculo del patrimonio neto a efectos de la causa de disolución por pérdidas, donde la legislación societaria contiene reglas propias que no coinciden necesariamente con la clasificación contable.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.