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Cuenta 140. Provisión por retribuciones a largo plazo al personal
Obligaciones legales, contractuales o implícitas con el personal derivadas de retribuciones a largo plazo, distintas de las de aportación definida.
Qué recoge la cuenta 140
Recoge los compromisos por prestaciones post-empleo y otras retribuciones a largo plazo de prestación definida: premios de jubilación, complementos de pensión, premios de permanencia y compromisos similares asumidos por convenio o por acuerdo individual.
Se valora por la diferencia entre el valor actual de las retribuciones comprometidas y el valor razonable de los activos afectos, lo que exige hipótesis actuariales sobre rotación, mortalidad, incrementos salariales y tipo de descuento.
Movimiento de la cuenta 140
Se carga
- Por la aplicación de la provisión al pago de las prestaciones comprometidas
- Por el exceso de provisión, con abono a la cuenta 7950
Se abona
- Por la dotación del ejercicio correspondiente al coste de los servicios, con cargo a la cuenta 643
- Por los ajustes derivados de la actualización financiera, con cargo a la cuenta 660
Las pérdidas y ganancias actuariales no se llevan a la cuenta de pérdidas y ganancias: se imputan directamente al patrimonio neto a través de las cuentas de los grupos 8 y 9 y se acumulan en la cuenta 115.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 14
- 141. Provisión para impuestos
- 142. Provisión para otras responsabilidades
- 143. Provisión por desmantelamiento, retiro o rehabilitación del inmovilizado
- 145. Provisión para actuaciones medioambientales
- 146. Provisión para reestructuraciones
- 147. Provisión por transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.