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Cuenta 130. Subvenciones oficiales de capital
Subvenciones concedidas por las Administraciones públicas para el establecimiento o la estructura fija de la empresa, ya no reintegrables.
Qué recoge la cuenta 130
Recoge las subvenciones de capital concedidas por Administraciones públicas que han adquirido la condición de no reintegrables, es decir, aquellas en las que existe acuerdo individualizado de concesión, se han cumplido las condiciones y no hay dudas razonables sobre su recepción.
Su imputación a resultados se realiza en proporción a la amortización del activo financiado, o en el momento de su enajenación, deterioro o baja cuando el activo no es amortizable.
Movimiento de la cuenta 130
Se carga
- Por la imputación a resultados del ejercicio, con abono a la cuenta 840, en la parte que corresponda
Se abona
- Por el importe concedido que adquiere la condición de no reintegrable, con cargo a la cuenta 940
Mientras la subvención sea reintegrable —porque quedan condiciones pendientes cuyo incumplimiento es posible— debe figurar como pasivo en la cuenta 172, no en esta cuenta. Anticipar el traspaso obliga después a rehacer varios ejercicios.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
Otras cuentas del subgrupo 13
- 131. Donaciones y legados de capital
- 132. Otras subvenciones, donaciones y legados
- 133. Ajustes por valoración en activos financieros a valor razonable con cambios en el patrimonio neto
- 134. Operaciones de cobertura
- 135. Diferencias de conversión
- 136. Ajustes por valoración en activos no corrientes y grupos enajenables de elementos, mantenidos para la venta
- 137. Ingresos fiscales a distribuir en varios ejercicios
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.