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Grupo 9. Ingresos imputados al patrimonio neto

Recoge los ingresos que, por imposición de la norma, se imputan directamente al patrimonio neto en lugar de a la cuenta de pérdidas y ganancias.

Qué comprende el grupo 9

El grupo 9 es la imagen simétrica del grupo 8: recoge los ingresos que la norma manda imputar directamente al patrimonio neto, donde permanecen hasta su transferencia a resultados en ejercicios posteriores.

Al cierre se salda contra las cuentas del subgrupo 13, de modo que su efecto se muestra en el estado de cambios en el patrimonio neto y no en el balance ni en la cuenta de resultados.

A tener en cuenta

Estos ingresos se registran netos del efecto impositivo, con contrapartida en la cuenta 479. Reconocerlos por su importe bruto sobrevalora el patrimonio neto y es el error más frecuente al usar los grupos 8 y 9.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.