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Reparto de dividendos

Repartir beneficio parece el paso natural, pero tiene tres condicionantes: que exista beneficio distribuible, que el patrimonio neto lo permita y que la fiscalidad del socio no haga preferible otra vía.

Requisitos

  • Acuerdo de la junta general sobre la aplicación del resultado.
  • Que el patrimonio neto no sea, ni resulte serlo a consecuencia del reparto, inferior al capital social.
  • Que se haya dotado la reserva legal y las estatutarias obligatorias.
  • Que se hayan compensado las pérdidas de ejercicios anteriores cuando sitúen el patrimonio neto por debajo del capital.
  • Que se respete la limitación derivada de los gastos de desarrollo activados pendientes de amortizar.
  • Que no exista reserva indisponible afectada por incentivos aplicados, como la reserva de capitalización.

Contabilización

CuentaConceptoDebeHaber
129Resultado del ejercicio50.000,00
112Reserva legal5.000,00
113Reservas voluntarias15.000,00
526Dividendo activo a pagar30.000,00
Totales50.000,0050.000,00

En el pago se practica la retención, con abono a la cuenta 4751, y se declara en el modelo 123 y su resumen anual.

Fiscalidad del perceptor

  • Socio persona física: rendimiento del capital mobiliario en la base del ahorro, sin exención general.
  • Socio sociedad: ingreso contable que puede quedar exento si se cumplen los requisitos de participación y antigüedad, con la reducción por gastos de gestión.
  • Socio no residente: retención conforme al IRNR con los límites del convenio, y posible exención matriz-filial.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.