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Obligaciones formales

Alrededor de cada impuesto hay una capa de obligaciones que no generan ingreso pero cuyo incumplimiento sí genera sanción. Son, además, las que producen la mayor parte de los requerimientos automáticos.

Los cinco bloques

  • Censales. Alta, modificación y baja mediante los modelos 036 y 037: domicilio, actividades, regímenes, obligaciones periódicas, representantes y titularidad real.
  • Facturación. Emisión, contenido, plazos de expedición y remisión, facturas rectificativas y simplificadas, y los requisitos de los sistemas informáticos de facturación.
  • Libros registro. De facturas expedidas y recibidas, de bienes de inversión y de determinadas operaciones intracomunitarias, o su llevanza a través del SII.
  • Declaraciones informativas. 347, 349, 180, 190, 193, 232, 720 y 721 y las que correspondan a la actividad.
  • Autoliquidaciones periódicas. IVA, retenciones y pagos fraccionados, con su calendario propio.

Las que más se incumplen

ObligaciónMotivo habitual del incumplimiento
Comunicación de cambio de domicilio fiscalSe cambia de oficina y no se actualiza el censo
Modelo 232 de operaciones vinculadasSe desconoce el umbral o se cree que no hay vinculación
Declaración de bienes en el extranjeroSe ignora la obligación o se cree cubierta por otra declaración
Libro registro de bienes de inversiónNo se lleva pese a practicar amortizaciones
Baja de obligaciones periódicas al cesarLa sociedad deja de operar y sigue obligada a declarar

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.