Los doce que más aparecen
- Corte de operaciones mal hecho. Ventas de diciembre facturadas en enero registradas en enero, y compras de enero contabilizadas en diciembre para «mejorar» el resultado.
- Inventario tomado del sistema sin recuento. Sin acta firmada, el valor de las existencias es una estimación, no un dato.
- Amortización del suelo. Compra de inmueble registrada íntegramente en la cuenta 211 sin separar el terreno.
- Deterioros sin soporte. Dotaciones basadas en una impresión, sin análisis de antigüedad, tasación ni cálculo de valor en uso.
- Provisiones genéricas. Dotaciones «por si acaso», sin obligación actual identificada.
- IVA descuadrado. Saldos del subgrupo 47 que no cuadran con la suma de los modelos presentados y que se arrastran años.
- Cuentas de socios sin explicar. Saldos deudores con administradores que ni se documentan como préstamo ni se retribuyen.
- Activos por impuesto diferido inflados. Bases negativas antiguas mantenidas sin plan que las recupere.
- Sin reclasificar el corto plazo. Deudas a largo que vencen el año siguiente y siguen en el pasivo no corriente.
- Operaciones vinculadas sin documentar. Alquileres, préstamos y servicios entre sociedades del mismo dueño sin contrato ni valoración.
- Memoria copiada. Texto genérico que no menciona ni una sola circunstancia real de la sociedad.
- Gasto por impuesto estimado. Registrado antes de terminar la liquidación y no ajustado después, con la 4752 descuadrada frente al modelo 200.
Casi todos afloran con tres comprobaciones: cuadrar el subgrupo 47 con los modelos del año, revisar el mayor de las cuentas de socios y grupo, y leer la memoria buscando cualquier frase que no pudiera aplicarse igual a otra empresa distinta.
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?
Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.