Contabilidad e Impuestos

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Activos y pasivos por impuesto diferido

Son la traducción contable de una idea sencilla: hay diferencias entre lo que dice la contabilidad y lo que dice la fiscalidad que se van a corregir solas con el tiempo, y esa corrección futura tiene valor hoy.

De dónde salen

De las diferencias temporarias: divergencias entre el valor contable de un activo o un pasivo y su base fiscal, que revertirán en ejercicios futuros. Si la reversión producirá una menor tributación futura, la diferencia es deducible y genera un activo. Si producirá una mayor tributación, es imponible y genera un pasivo.

También generan activos por impuesto diferido las bases imponibles negativas pendientes de compensar y las deducciones y bonificaciones pendientes de aplicar.

Ejemplos habituales

OrigenTipoEfecto
Provisión no deducible hasta su aplicaciónDeducibleActivo (474)
Deterioro de créditos sin requisitos fiscalesDeducibleActivo (474)
Base imponible negativaDeducibleActivo (4745)
Deducción pendiente de aplicarDeducibleActivo (4742)
Libertad de amortización aplicadaImponiblePasivo (479)
Amortización aceleradaImponiblePasivo (479)
Operaciones a plazos con diferimientoImponiblePasivo (479)

La prueba de recuperabilidad

Los pasivos se reconocen siempre; los activos, solo si es probable que existan ganancias fiscales futuras suficientes. Probarlo exige un plan de negocio razonable, coherente con la evolución histórica y con hipótesis defendibles, y un horizonte temporal que no puede ser indefinido.

En cada cierre hay que reconsiderar tanto los activos reconocidos —dándolos de baja si dejan de ser recuperables— como los no reconocidos, que pueden pasar a serlo si la situación mejora.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Se descuentan los impuestos diferidos?

No. La norma prohíbe expresamente descontarlos, aunque su reversión se produzca a muchos años vista. Se valoran por los tipos de gravamen esperados en el momento de la reversión, según la normativa vigente o aprobada y pendiente de publicación.

¿Qué pasa si cambia el tipo de gravamen?

Hay que revalorizar todos los activos y pasivos por impuesto diferido al nuevo tipo, con contrapartida en resultados o en patrimonio neto según dónde se registrara originariamente la partida que los generó. Es un ajuste que puede ser muy relevante en balances con créditos fiscales importantes.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.