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Contabilización del impuesto sobre beneficios
El último asiento del cierre y el que más veces se hace mal, porque exige tener terminada la liquidación fiscal antes de poder registrar el gasto. Hacerlo al revés —estimar el gasto y cuadrarlo después— es la fuente habitual de descuadres entre contabilidad y modelo 200.
Las cuentas
| Cuenta | Concepto |
|---|---|
| 6300 | Impuesto corriente |
| 6301 | Impuesto diferido |
| 638 | Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios |
| 633 | Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios |
| 4752 | Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades |
| 4709 | Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos |
| 473 | Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta |
| 474 | Activos por impuesto diferido |
| 479 | Pasivos por diferencias temporarias imponibles |
Secuencia de trabajo
- Determinar el resultado contable antes de impuestos.
- Calcular los ajustes extracontables, separando permanentes y temporarios.
- Aplicar reservas y compensar bases negativas para obtener la base imponible.
- Calcular la cuota íntegra, restar deducciones y obtener la cuota líquida.
- Restar retenciones y pagos fraccionados para llegar a la cuota diferencial.
- Registrar el impuesto corriente y, a continuación, el diferido derivado de las diferencias temporarias, de las bases negativas y de las deducciones pendientes.
Asiento tipo
Cuota líquida de 25.000 euros, pagos fraccionados y retenciones por 18.000 y un activo por impuesto diferido de 3.000 por una provisión no deducible:
| Cuenta | Concepto | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 6300 | Impuesto corriente | 25.000,00 | |
| 473 | HP retenciones y pagos a cuenta | 18.000,00 | |
| 4752 | HP acreedora por Impuesto sobre Sociedades | 7.000,00 | |
| 474 | Activos por impuesto diferido | 3.000,00 | |
| 6301 | Impuesto diferido | 3.000,00 | |
| Totales | 28.000,00 | 28.000,00 | |
Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.
¿Qué pasa si el resultado es una pérdida?
No hay impuesto corriente a pagar, pero puede haber impuesto diferido: la base imponible negativa genera un activo por impuesto diferido si es probable su compensación futura. Reconocerlo exige la prueba de recuperabilidad; si no la hay, no se reconoce y se informa en memoria del crédito fiscal no activado.
¿Cómo se registra una devolución solicitada?
Cuando las retenciones y pagos a cuenta superan la cuota líquida, la diferencia se reconoce en la cuenta 4709 como crédito frente a la Hacienda Pública, que se cancela cuando se percibe la devolución. Si la Administración tarda, ese saldo se arrastra y conviene revisarlo periódicamente para no acumular saldos antiguos sin explicación.
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