Contabilidad e Impuestos

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Contabilización del impuesto sobre beneficios

El último asiento del cierre y el que más veces se hace mal, porque exige tener terminada la liquidación fiscal antes de poder registrar el gasto. Hacerlo al revés —estimar el gasto y cuadrarlo después— es la fuente habitual de descuadres entre contabilidad y modelo 200.

Las cuentas

CuentaConcepto
6300Impuesto corriente
6301Impuesto diferido
638Ajustes positivos en la imposición sobre beneficios
633Ajustes negativos en la imposición sobre beneficios
4752Hacienda Pública, acreedora por Impuesto sobre Sociedades
4709Hacienda Pública, deudora por devolución de impuestos
473Hacienda Pública, retenciones y pagos a cuenta
474Activos por impuesto diferido
479Pasivos por diferencias temporarias imponibles

Secuencia de trabajo

  1. Determinar el resultado contable antes de impuestos.
  2. Calcular los ajustes extracontables, separando permanentes y temporarios.
  3. Aplicar reservas y compensar bases negativas para obtener la base imponible.
  4. Calcular la cuota íntegra, restar deducciones y obtener la cuota líquida.
  5. Restar retenciones y pagos fraccionados para llegar a la cuota diferencial.
  6. Registrar el impuesto corriente y, a continuación, el diferido derivado de las diferencias temporarias, de las bases negativas y de las deducciones pendientes.

Asiento tipo

Cuota líquida de 25.000 euros, pagos fraccionados y retenciones por 18.000 y un activo por impuesto diferido de 3.000 por una provisión no deducible:

CuentaConceptoDebeHaber
6300Impuesto corriente25.000,00
473HP retenciones y pagos a cuenta18.000,00
4752HP acreedora por Impuesto sobre Sociedades7.000,00
474Activos por impuesto diferido3.000,00
6301Impuesto diferido3.000,00
Totales28.000,0028.000,00

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

¿Qué pasa si el resultado es una pérdida?

No hay impuesto corriente a pagar, pero puede haber impuesto diferido: la base imponible negativa genera un activo por impuesto diferido si es probable su compensación futura. Reconocerlo exige la prueba de recuperabilidad; si no la hay, no se reconoce y se informa en memoria del crédito fiscal no activado.

¿Cómo se registra una devolución solicitada?

Cuando las retenciones y pagos a cuenta superan la cuota líquida, la diferencia se reconoce en la cuenta 4709 como crédito frente a la Hacienda Pública, que se cancela cuando se percibe la devolución. Si la Administración tarda, ese saldo se arrastra y conviene revisarlo periódicamente para no acumular saldos antiguos sin explicación.

¿Tiene una duda contable o fiscal que no termina de cerrar?

Plantéenosla. Somos el equipo al que llaman decenas de asesorías, gestorías y departamentos financieros cuando aparece una operación que no está en el manual: una permuta, una escisión, un deterioro discutible, una subvención con condiciones, un criterio de deducibilidad que puede caerse en una comprobación. Le respondemos por escrito, con la norma y la doctrina citadas, y si hace falta nos sentamos con su equipo.