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Cierre contable y fiscal

El cierre es el momento en que la contabilidad de doce meses se convierte en dos cosas que van a ser leídas por terceros: unas cuentas anuales depositadas y una base imponible declarada. Casi todo lo que después se discute con un auditor o con Hacienda se decide en estas semanas.

Las áreas donde se concentra el riesgo

ÁreaQué se decideQué se discute después
Corte de operacionesA qué ejercicio pertenece cada ingreso y gastoImputación temporal y su efecto en la base
ExistenciasValoración e inventarioMargen declarado y deterioros
AmortizacionesVidas útiles y métodosDepreciación efectiva y tablas
DeteriorosImporte recuperablePrueba del deterioro y deducibilidad
ProvisionesObligación actual y estimaciónDeducibilidad y momento
GastosCorrelación, justificación y registroDeducibilidad y liberalidades
VinculadasValor de mercado y documentaciónAjuste primario y secundario

La regla de oro

Todo lo que dependa de un juicio —una vida útil, un deterioro, una provisión, un valor de mercado— tiene que quedar documentado en el momento en que se decide, no cuando llega el requerimiento. Un informe de valoración fechado en enero vale mucho más que el mismo informe fechado tres años después, aunque diga exactamente lo mismo.

Esta página explica el tratamiento general previsto en el Plan General de Contabilidad (Real Decreto 1514/2007, con sus modificaciones posteriores) y en la normativa tributaria española vigente, y no sustituye al análisis del caso concreto. Los tipos, límites e importes se revisan con frecuencia y existen especialidades autonómicas y forales: antes de contabilizar o de declarar conviene verificar la redacción aplicable al ejercicio. Consúltenos su caso.

Consulta contable o fiscal

Cuéntenos el caso y le decimos cómo se registra y cómo tributa

Descríbanos la operación con el detalle que tenga: qué se ha hecho, entre quién, por qué importe, con qué documentación y en qué ejercicio. Le respondemos con el tratamiento contable, el asiento propuesto, el efecto fiscal y los riesgos, citando la norma. Contestamos en 24-72 horas laborables.

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